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CONVIVENCIA (Unión de Hecho)

  • Foto del escritor: LLATAAC Abogados
    LLATAAC Abogados
  • 5 jun 2024
  • 4 Min. de lectura

Actualizado: 17 feb


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¿A que llamamos convivencia?

 

De acuerdo, a la legislación peruana la unión de hecho es la convivencia libre y voluntaria entre un hombre y una mujer libres de impedimento matrimonial, que haya durado por lo menos dos (02) años continuos, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio. Pero para ello tiene que cumplirse con las formalidades de ley que a continuación describiremos el cómo.

 

¿Dónde o ante que autoridad puedo sacar el reconocimiento de Unión de Hecho?

La unión de hecho puede ser tramitada ante un Juzgado de Paz o ante un Notario Público. Por tanto, en el Perú actualmente existen, dos (02) formas reconocidas por el marco legal peruano, en el sentido que la pareja de unión de hecho que cumplan los requisitos establecidos puede reconocer su unión de hecho.

 

POR EL CAMINO DEL PODER JUDICIAL

Camino largo que tomar, donde cualquiera de los convivientes interesados en el reconocimiento de su unión de hecho está facultado para interponer una demanda ante el Poder Judicial en la vía procedimental del proceso de conocimiento, el juez competente para resolver la demanda es el Juez de familia. Los motivos más usuales por los que se acude a la vía judicial son: a). Cuando el otro conviviente no esté de acuerdo con que se reconozca dicha unión; b). Cuando se hayan separado; c). Cuando uno de los convivientes haya fallecido.

 

POR EL CAMINO DEL NOTARIO PÚBLICO

Este camino, notarial cuenta con la ventaja de rapidez con la que se tramita.

 

¿Puedes inscribir tu unión de hecho y garantizar tus derechos como conviviente?

 

Claro que sí; así diremos pues que, a diferencia del matrimonio, donde existe la opción de elegir entre el régimen de sociedad de gananciales y régimen patrimonial de separación de bienes, en la unión de hecho el régimen patrimonial es único y forzoso, es decir, todos los bienes y rentas obtenidas durante la vigencia de la convivencia pertenecen a los cónyuges en partes iguales.

 

De allí, la importancia de inscribir la convivencia en el Registro de Personas Naturales de la SUNARP (Superintendencia Nacional De Registros Públicos). De esta manera, la pareja precisa la fecha de inicio de la relación, así como la de su finalización (en caso se produjera), ello con el objetivo de diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponden a cada uno, y evitar una injusta redistribución de su patrimonio. En consecuencia, al inscribir su unión de hecho en la SUNARP, los convivientes garantizan la preservación de sus derechos patrimoniales o de propiedad.

  

Documentación Necesaria para proceder por el Camino Notarial

 

1.    Copia a colores del DNI de los solicitantes, así como de sus dos testigos.

2.    Solicitud que incluya los nombres y firmas de ambos solicitantes, así como el reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años de manera continua.

3.    Declaración Jurada, con firmas legalizadas de los solicitantes, expresando que están, o se encuentran libres, ya sea por dejar a su pareja porque les fue mal en su matrimonio o una convivencia de la anterior pareja, y decidieron irse de casa o realizaron una separación de hecho voluntaria, sin haberse divorciado o separado de forma oficial o formal y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.

4.    Certificado Domiciliario de los solicitantes.

5.    Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, del lugar donde domicilian los solicitantes; expedido por el Registro de Personas Naturales de la Oficina Registral, existentes en todo el Perú (SUNARP-Superintendencia Nacional De Registros Públicos).

6.    Declaración Jurada, con firmas legalizadas de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más.

7.    Cualquier Otro documento que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos (02) años continuos.

 

PROCESO NOTARIAL

Una vez presentada toda la documentación ante el Notario Público llenando un formato de solicitud que ellos les brindan, o una solicitud independiente hecha por los solicitantes, y/o siguiendo las indicaciones del Notario Público.

 

Procedimiento del Trámite Notarial

Se inicia presentando una solicitud ante el notario, este se encargará de mandar a publicar un extracto de dicha solicitud en el “Diario Oficial El Peruano” y otro diario de amplia circulación. Transcurridos quince (15) días útiles desde la publicación del último aviso, sin que se haya formulado algún tipo de oposición. Posteriormente, el Notario Público extenderá la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes, la cual remitirá al Registro de Personas Naturales de SUNARP del lugar donde estos domicilian. El costo de inscripción de una unión de hecho en la SUNARP es de S/. 24.60 aproximadamente y el plazo de inscripción son 7 días. Los gastos notariales varían de acuerdo con la Notaría elegida.

 

NOTA IMPORTANTE DE OPOSICIÓN

En esta parte se deja en claro de que es requisito indispensable el consentimiento unánime de ambos convivientes. En caso alguno de ellos, durante este trámite expresa su oposición, el Notario no puede continuar con el proceso. 

 

Reseña histórica

Fue, a partir del año 2010, se otorgó a los Notarios Públicos, la posibilidad de tramitar el reconocimiento de la unión de hecho; de tal forma que los integrantes de la unión de hecho que cumplan con los requisitos que establece el marco legal peruano, pueden presentar ante el Notario Público, la documentación pertinente, y elaborar una escritura pública, la que después de ello, será inscrita en el Registro de Personas Naturales de SUNARP (Superintendencia Nacional de Registros Públicos)

 

17 de febrero de 2025

 

FUENTE:

 

SUNARP (Superintendencia Nacional de Registros Públicos)

LLATAAC CIVIL

 

®LLATAAC ABOGADOS – Francisco García, se reserva todos los derechos de reproducción de la presente publicación. Derechos Reservados Decreto Legislativo N° 822.

Miraflores, Lima - Perú

 
 
 

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